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Histórico de Oposiciones - València

Histórico de Oposiciones

 


Oposición
Nombre: Maestro de Educación Infantil (18/02/2005)
Tipo: Funcionario Grupo: B
Plazas
Total: 9
Promoción interna: 4
Reserva discapacitados: 1
Turno de movilidad:
Empleo temporal:
Publicación
BOP: 2005-02-18 00:00:00.0
DOCV: 2005-04-13 00:00:00.0
BOE: 2005-12-09 00:00:00.0
Presentación instancias
Instancias: 2005-12-10 00:00:00.0 a 2006-01-02 00:00:00.0
Derechos de examen: 30 euros
Lugar de pago: Bancaja, nº cta. 2077-0063-55-3101333478
Pruebas convocadas
Prueba Fecha Lugar
Segundo Examen 2006-09-14 00:00:00.0 11:00 h. Centro Municipal de Servicios Sociales “Quatre Carreres” (c/ Arabista Ambrosio Huici, s/n)
Primer Examen 2006-09-05 00:00:00.0 11:00 h. CMSS Quatre Carreres (Arabista Ambrosio Huici, s/n)
Observaciones
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]Han sido expuestos en el día de hoy, en el Tablón de Anuncios de Oposiciones sito en la Calle la Sangre, nº 5 planta baja, los anuncios relativos a la baremación de los méritos en la fase de concurso, así como la suma total de los ejercicios de la fase de oposición y la fase de concurso junto a la propuesta del Tribunal calificador del nombramiento en propiedad de los 9 aspirantes que han superado el proceso selectivo. Quedando abierto el plazo para alegaciones.N O T I F I C A C I Ó N: Se concede un plazo de 10 días hábiles para que los interesados formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la reseñada baremación.Valencia, 2 de noviembre de 2006.N O T I F I C A C I Ó N: En caso de no presentarse reclamación alguna a la baremación de méritos efectuada, se concede a los aspirantes propuestos un plazo de 20 días hábiles para que presenten los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Norma segunda establecida en las bases de la convocatoria. Si dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentaran la documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios/as, dando lugar a la invalidez de la actuación de los interesados y la nulidad subsiguiente de los actos del tribunal respecto a éstos, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus instancias. Los que tuvieran la condición de funcionario de carrera quedarán exentos de justificar documentalmente las condiciones generales a que se refiere la citada Norma que ya hubiesen sido probadas para obtener su anterior nombramiento. En todo caso, deberán presentar original o fotocopia compulsada de su nombramiento como funcionario de carrera y el título académico exigido. El reseñado plazo comenzará a partir del día siguiente a aquél en que finalicen los 10 días para reclamaciones y subsanaciones de errores respecto al resultado de la baremación de méritos y siempre y cuando éstas se produzcan, en otro caso, se haría pública una nueva propuesta de nombramiento.Valencia, 2 de noviembre de 2006.[
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Ficheros adjuntos