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Histórico de Oposiciones - València

Histórico de Oposiciones

 


Oposición
Nombre: Ingeniero Técnico Agrícola (03/04/2003)
Tipo: Funcionario Grupo: B
Plazas
Total: 4
Promoción interna: 2
Reserva discapacitados:
Turno de movilidad:
Empleo temporal:
Publicación
BOP: 2003-04-03 00:00:00.0
DOCV: 2003-04-17 00:00:00.0
BOE: 2003-05-08 00:00:00.0
Presentación instancias
Instancias: 2003-05-09 00:00:00.0 a 2003-05-31 00:00:00.0
Derechos de examen: 28 €
Lugar de pago: Bancaja Cta. Núm. 2077-0063-3101333478
Pruebas convocadas
Prueba Fecha Lugar
Tercer Examen 2005-03-03 00:00:00.0 9,30 h. Sala de prensa de la Casa Consistorial (2ª planta). Pl. Ayuntamiento.
Segundo Examen 2005-02-16 00:00:00.0 A las 9,00 h en la Sala de Prensa de la Casa Consistorial (segunda planta)
Primer Examen 2005-01-31 00:00:00.0 "10.30 h. Centro Municipal de Servicios Sociales ""Quatre Carreres"" (C/ Arabista Ambrosio Huici s/n)"
Observaciones
En los Tablones de Anuncios de la c/ Sangre, 5, se ha expuesto al público las relaciones relativas al resultado final de la convocatoria para proveer en propiedad 4 plazas de Ingeniero Técnico Agrícola, una vez celebrado el respectivo proceso selectivo.NOTIFICACIÓN.- Se concede un plazo de 10 días hábiles para que los interesados formulen las reclamaciones que estimen pertinentes en relación con la reseñada baremación.Valencia, 8 de abril de 2005.NOTIFICACIÓN.- En caso de no presentarse reclamación alguna a la baremación de méritos efectuada, se concede a los aspirantes propuestos un plazo de 20 días hábiles para que presenten los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Norma Tercera establecida en las Bases de la Convocatoria.Quienes dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentaran la documentación, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios, dando lugar a la invalidez de la actuación del interesado y la nulidad subsiguiente de los actos del Tribunal respecto a éste, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la instancia.Los aspirantes que tuvieren la condición de funcionario de carrera quedarán exentos de justificar documentalmente las condiciones generales a que se refiere la citada Norma Segunda que ya hubiesen sido probadas para obtener su anterior nombramiento. En todo caso, deberán presentar original o fotocopia compulsada de su nombramiento como funcionario de carrera y el título académico exigido.Valencia, 8 de abril de 2005.
Ficheros adjuntos