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El Ayuntamiento aprueba una partida de 400.000 euros para las ayudas a la adquisición de material escolar

• Las solicitudes podrán presentarse cuando se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, BOP

11/12/2023

  • Van dirigidas al alumnado escolarizado durante el curso 2023/2024 en el segundo ciclo de Educación Infantil en colegios públicos y concertados autorizados de la ciudad
  • El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, BOP
  • El concejal Juan Carlos Caballero ha explicado que la próxima convocatoria aunará las ayudas de comedor y las ayudas a la compra de material escolar

La Junta de Gobierno Local ha aprobado este lunes la convocatoria de ayudas para la adquisición de material escolar, dirigidas al alumnado escolarizado durante el curso 2023/2024 en el segundo ciclo de Educación Infantil en colegios de titularidad pública de la Generalitat Valenciana, de la Diputación y colegios municipales, así como centros concertad autorizados de la ciudad. El portavoz del gobierno municipal, el concejal Juan Carlos Caballero, ha informado sobre la aprobación de las bases de la convocatoria tras la reunión ordinaria de la Junta, que ha tenido lugar este lunes, y ha subrayado que el montante total autorizado por el Ayuntamiento asciende a 400.000 euros.

Caballero ha señalado que el gobierno municipal “cumple así su compromiso de sacar esta convocatoria al inicio del curso escolar”, y ha recordado que “el año pasado se sacó en febrero, pero nosotros hemos adelantado dos meses la convocatoria, y sale ahora, antes de que acabe el año”. Además, el portavoz del equipo de gobierno ha añadido que “la próxima convocatoria será única, y aunará ayudas de comedor y ayudas a la compra de material escolar”.

La apertura del plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, BOP. Las solicitudes se presentarán mediante modelo normalizado (que debe descargarse en la página web del Ayuntamiento de Valencia (https://educacio-valencia.es/es/material-escolar), y podrá hacerse tanto de manera presencial como a través de la sede electrónica.

Para acceder a estas ayudas serán necesario que el alumno o la alumna solicitante esté empadronado en Valencia, lo mismo que sus progenitores o tutores (se contemplan condiciones especiales para circunstancias como divorcios, residencias externas por trabajo, u otras). Además, deberán estar matriculados en un curso del segundo ciclo de Educación Infantil en un centro público o uno autorizado, durante en el ejercicio de la convocatoria.

Renta familiar

Las bases aprobadas contemplan unos límites de renta familiar, fuera de los cuales no será posible acceder a las ayudas. No podrá ser beneficiario de estas ayudas el alumnado matriculado cuya familia disponga de una renta anual superior a 72.460,00 € (para familias de dos miembros), 75.641,00 € (familias de tres miembros), 78.822,00 € (familias de cuatro miembros), 82.003,00 € (familias de cinco miembros) y 85.184,00 € (para familias a partir de seis miembros).

Las personas beneficiaras deberán justificar los gastos efectuados de manera previa a la obtención de la ayuda. Ésta, tal como se recoge en las bases, será destinada en primer término a la adquisición del material escolar e informático necesario para el desempeño de los estudios en el centro educativo, según las indicaciones del propio centro. Su coste no podrá ser superior al valor del mercado y deberá estar efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La adquisición del material financiado debe estar comprendida entre la fecha de finalización del curso anterior y el último día de plazo para la solicitud de esta ayuda.

Para la concesión de estas subvenciones se constituirá una comisión técnica de trabajo, presidida por la concejala de Educación, que estará integrada por la jefa de Servicio de Educación, en funciones de secretaria, y por tres vocales (una jefatura de la Sección Administrativa, y personal técnico de la Administración General y de la Administración Especial del Ayuntamiento).

Finalmente, la obtención de esta subvención será compatible con otras ayudas otorgadas con la misma finalidad por todo tipo de organismos, públicos o privados, siempre que el importe de las ayudas recibidas no superen el 100% del coste del gasto generado por la adquisición de material escolar e informático.

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Juan Carlos Caballero