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Reclamación economicadministrativa - València

Reclamación Económico-Administrativa

El Jurado Tributario

El Jurado Tributario es el órgano competente para resolver las reclamaciones económico-administrativas sobre los actos tributarios y demás de derecho público, competencia del Ayuntamiento de València o de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes del mismo.

Composición

Presidente: Salvador Bueno Mora.

Vocal primero: José Antonio Roig Claramunt.

Vocal segundo: Gregorio Cebreiro Navalón.

Secretario-Jefe de Servicio: Francisco Javier de Juan Ivars.

Sede

C/ Antiga Senda de Senent, nº 8, planta 5ª (Edifico AUMSA) , 46023 València

Teléfono: 96 352 54 78

Secretaría: ext. 7172, 7171

Fax: 96 389 50 19

Competencias

  • CONOCIMIENTO Y RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS interpuestas contra los actos dictados en materia de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos, así como contra los actos de gestión recaudatoria de los restantes ingresos de derecho público que sean competencia del Excelentísimo Ayuntamiento de València o de entidades de derecho público dependientes o vinculadas al mismo.
  • EMISIÓN DE DICTÁMENES sobre los proyectos de ordenanzas fiscales de este Ayuntamiento.
  • ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y PROPUESTAS TRIBUTARIAS que le sean solicitados por el Pleno, Alcaldía, la Junta de Gobierno Local o por el titular del Área de Hacienda.

Actos recurribles

Son recurribles los siguientes actos:

  • Los que provisional o definitivamente reconozcan o denieguen un derecho o declaren una obligación o un deber.
  • Los de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto o pongan término al procedimiento.

En particular, las personas legitimadas podrán interponer reclamación contra los actos que a continuación se relacionan:

  • Liquidaciones de tributos municipales (impuestos, tasas y contribuciones especiales) tanto si son provisionales como definitivas.
  • Resoluciones, expresas o presuntas, de una solicitud de rectificación de autoliquidación tributaria.
  • Actos que denieguen o reconozcan exenciones o bonificaciones tributarias.
  • Actos que impongan sanciones tributarias.
  • Actos de comprobación de valor de rentas, productos, bienes, derechos y gastos, así como los actos de fijación de valores, rendimientos y bases, cuando la normativa tributaria lo establezca.
  • Actos dictados en el procedimiento de recaudación, tanto si tienen por objeto liquidaciones tributarias como cualesquiera otros ingresos que se recaudan por vía de apremio.
  • Actos que resuelvan los procedimientos de devolución de ingresos indebidos de derecho público, tanto tributarios como no tributarios.
  • Actos que resuelvan los procedimientos de rectificación de errores materiales, aritméticos o de hecho en materia de tributos locales.
  • Las resoluciones de los recursos de reposición que se hayan presentado en relación con las materias antes relacionadas.
  • Las actuaciones y omisiones derivadas de las relaciones entre el sustituto y el contribuyente.

Actos no recurribles

  • Los que den lugar a reclamación en vía administrativa previa a la judicial, civil o laboral, o pongan fin a dicha vía.
  • Los actos de imposición de sanciones no tributarias (como, por ejemplo, las multas de tráfico).
  • Los dictados en virtud de una ley que los excluya de la reclamación económico-administrativa.

Normativa municipal

Reglamento Orgánico del Jurado Tributario municipal, aprobado definitivamente por acuerdo del Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de València de 29 de diciembre de 2006, que fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de 10 de enero de 2007, entrando en vigor el día 11 de enero de 2007.

Ha sido parcialmente modificado mediante acuerdo plenario de 30 de junio de 2012, siendo publicada la aprobación definitiva de la modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de 22 de diciembre de 2012, entrando en vigor el día 23 de diciembre de 2012.