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Històric d'Oposicions - València

Històric d´Oposicions

 


Oposició
Nom: Informàtic (14/08/2004)
Tipus: Funcionari Grup: A
Places
Total: 6
Promoció interna: 2
Reserva discapacitats: 1
Torn de mobilitat:
Ocupació temporal:
Publicació
BOP: 2004-08-14 00:00:00.0
DOCV: 2004-10-29 00:00:00.0
BOE: 2007-02-27 00:00:00.0
Presentació instancies
Instancies: 2007-02-28 00:00:00.0 a 2007-03-23 00:00:00.0
Drets d'examen: 39 euros
Lloc de pagament: Bancaja, nº cta. 2077-0063-55-3101333478
Pruebas convocadas
Prova Data Lloc
Segon Examen 2008-12-17 00:00:00.0 A les 10:00 hores .Centre Municipal de Servicis Socials “Quatre Carreres” (c/ Arabista Ambrosio Huici s/n)
Primer Examen 2008-11-26 00:00:00.0 "A les 10,00 hores i en el Centre Municipal de Servicis Socials ""Quatre Carreres"" (siti en el carrer Arabista Ambrosio Huici, s/n)"
Observacions
"Se ha expuesto en los Tablones de Anuncios de la c/ Sangre, 5, la baremación de la Fase de Concurso , así como la Propuesta de Nombramiento de la convocatoria arriba señalada.NOTIFICACIÓN.- Se concede a los aspirantes que figuran en la relación precedente un plazo de 10 días hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación a la baremación de méritos efectuada. Valencia, 25 de febrero de 2008. EL SECRETARIO DEL TRIBUNAL,NOTIFICACIÓN.- En caso de no presentarse reclamación alguna a la baremación de méritos efectuada, se concede a los aspirantes propuestos un plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la publicación de esta propuesta en el Tablón de Anuncios de la Corporación, para que aporten los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la Norma Tercera de las Bases de la convocatoria. Quiénes dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaran la documentación, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios, dando lugar a la invalidez de la actuación del interesado y la nulidad subsiguiente de los actos del Tribunal respecto a éste, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia. Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios de carrera quedarán exentos de justificar documentalmente las condiciones generales a que se refiere la citada Norma Tercera que ya hubiesen sido probadas para obtener su anterior nombramiento. En todo caso, deberán presentar original o fotocopia compulsada de su nombramiento como funcionario de carrera y el título académico exigido. Valencia, 25 de febrero de 2009. EL SECRETARIO DEL TRIBUNAL,"
Fitxers adjunts