Histórico de Oposiciones - València
Histórico de Oposiciones
Oposición | ||
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Nombre: Profesor de Banda,Tuba (25/02/2006) | ||
Tipo: Funcionario | Grupo: A | |
Plazas | ||
Total: 2 | ||
Promoción interna: | ||
Reserva discapacitados: | ||
Turno de movilidad: | ||
Empleo temporal: | ||
Publicación | ||
BOP: 25-02-2006 | ||
DOCV: 16-05-2006 | ||
BOE: 22-06-2006 | ||
Presentación instancias | ||
Instancias: 23-06-2006 a 15-07-2006 | ||
Derechos de examen: 41 euros | ||
Lugar de pago: Bancaja, nº cta. 2077-0063-55-3101333478 | ||
Pruebas convocadas | ||
Prueba | Fecha | Lugar |
Tercer Examen | 11-03-2008 | A las 1000 horas y en la Sala Martín y Soler del Palau de la Música de Valencia, |
Segundo Examen | 03-03-2008 | A las 1000 horas y en la Sala Lucrecia Bori del Palau de la Música de Valencia. |
Primer Examen | 18-02-2008 | A las 10:00 horas en la Sala Martín y Soler del Palau de la Música |
Observaciones | ||
" Se han expuesto en los Tablones de Anuncios de la c/ Sangre, 5, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de la convocatoria arriba reseñada, así como las personas que el Tribunal propone para ocupar las plazas, concediéndoles un plazo de 10 días hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación a la baremación de méritos efectuada.NOTIFICACIÓN.- En caso de no presentarse reclamación alguna a la baremación de méritos efectuada, se concede a los aspirantes propuestos un plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la publicación de esta propuesta en el Tablón de Anuncios de la Corporación, para que aporten los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la Norma Segunda de las Bases de la convocatoria. Quiénes dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaran la documentación, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios, dando lugar a la invalidez de la actuación del interesado y la nulidad subsiguiente de los actos del Tribunal respecto a éste, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia. Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios de carrera quedarán exentos de justificar documentalmente las condiciones generales a que se refiere la citada Norma Segunda que ya hubiesen sido probadas para obtener su anterior nombramiento. En todo caso, deberán presentar original o fotocopia compulsada de su nombramiento como funcionario de carrera y el título académico exigido. Valencia, 23 de abril de 2008. EL SECRETARIO DEL TRIBUNAL " | ||
Ficheros adjuntos |