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El DOGV publica la suspensión de las licencias para nuevas viviendas turísticas en València

• El acuerdo del Pleno del Ayuntamiento se prolongará durante un año

30/05/2024

  • El acuerdo adoptado por unanimidad por todos los grupos políticos del Pleno del Ayuntamiento entra en vigor este jueves y se prolongará durante un año
  • La suspensión afecta a los terrenos urbanizados, cuyo uso dominante sea el residencial, situados en el ámbito de ‘Ciutat Central’, Benimàmet, Carpesa, Poble Nou, La Punta, El Palmar, El Saler y El Perellonet

El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado en su edición de este jueves, jueves 30 de mayo, la “aprobación de la suspensión de tramitación y otorgamiento de licencias de edificación para la implantación de nuevos usos terciarios hoteleros”, acuerdo adoptado por unanimidad por el Pleno del Ayuntamiento de Valencia en la sesión celebrada el pasado martes.

De esta forma, y tal como establece el acuerdo, la suspensión entra este jueves en vigor y es aplicable a las licencias y declaraciones responsables que se presenten a partir de este momento. Por el contrario, la suspensión no afectará a las declaraciones responsables presentadas con anterioridad, siempre que se haya aportado la documentación que preceptivamente debe acompañar a una declaración responsable.

La suspensión no afecta a aquellas solicitudes de licencia que sean autorizables tras la publicación en el DOGV, cuenten con la documentación legalmente exigible y haya transcurrido su respectivo plazo de resolución y notificación previsto en la normativa urbanística.

En el acuerdo aprobado se ha excluido la suspensión de los inmuebles, cualquiera que sea su ubicación, que tengan asignado el uso terciario exclusivo por el planeamiento vigente, ya que en este caso existe una decisión del plan en el que la implantación de esos usos no detrae edificabilidad potencial del mercado residencial ni perjudica negativamente al entorno urbano.

Además, también quedan excluidos los inmuebles que cuenten con licencia o declaración responsable que autorice el uso terciario en planta primera, siempre que dispongan o puedan disponer de acceso independiente desde la vía pública. Estos tampoco producen como efecto la transformación de viviendas existentes en nuevos alojamientos turísticos, no inciden de forma negativa en el tejido comercial, que puede seguir albergándose en la planta baja, y las posibles molestias a los residentes en el edificio resultan minimizadas como consecuencia de la existencia de acceso independiente desde la vía pública.

Uso dominante residencial

Por otro lado, la suspensión afectará a los terrenos urbanizados cuyo uso dominante sea el residencial, que estén situados dentro del ámbito físico de ‘Ciutat Central’, definido por el Plan Especial de Directrices para la mejora de la Calidad Urbana de los Barrios de la Ciudad de València.

Además también afectará a los terrenos, ya fuera del ámbito físico de ‘Ciutat Central’, con incidencia real de las viviendas turísticas que se encuentran en los barrios de Benimàmet, Carpesa, Poble Nou, La Punta, El Palmar, El Saler y El Perellonet.

El texto aprobado este jueves recoge que quedan excluidos de la suspensión los sectores urbanos o urbanizables cuyo uso global o dominante sea el terciario o el industrial. Además, se excluyen los terrenos clasificados como suelo urbano que ya cuentan con una regulación específica del uso terciario de vivienda turística por el Plan Especial de Protección de Ciutat Vella y el Plan Especial del Cabanyal-Canyamelar.

Asimismo, esta suspensión no afecta a las licencias y otras actuaciones urbanísticas que supongan la parcelación de terrenos, las obras de demolición o las obras de reforma en edificios que tengan previamente autorizado el uso terciario y que no suponga alteración estructural.